Oportunidad para las MIPYMES: Nuevo subsidio al sueldo mínimo

Ahora, las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), así como cooperativas, entidades sin fines de lucro (como fundaciones) y comunidades, tienen la posibilidad de solicitar el Nuevo Subsidio al Sueldo Mínimo. Este beneficio mensual les brinda apoyo para cubrir el pago del sueldo mínimo establecido por la Ley N°21.578.

A partir del 20 de junio de 2023, las Mipymes que cumplan los requisitos podrán solicitar este subsidio a través de la plataforma disponible en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII), en www.sii.cl. Una vez aceptada la solicitud, recibirán el subsidio en un plazo de 15 días. A partir de entonces, el beneficio se depositará automáticamente todos los meses hasta abril de 2025. Es importante destacar que las empresas que recibieron el subsidio bajo la Ley N°21.456 deberán realizar una nueva solicitud para acceder al nuevo beneficio.

El Director del SII, Hernán Frigolett, expresó su compromiso con las Mipymes del país, afirmando: “Como Servicio, nos ponemos a disposición de las micro, pequeñas y medianas empresas para que puedan solicitar este beneficio. Es un primer paso hacia una vida digna para los trabajadores y trabajadoras chilenas”.

Los montos del subsidio fueron definidos por ley de la siguiente manera:

PERIODOAÑOMICROEMPRESAPEQUEÑA EMPRESAMEDIANA EMPRESA
Mayo a agosto2023$35.000$19.000$4.500
Mayo a agosto (beneficiarios
subsidio anterior)
2023$45.000$29.000$14.500
Septiembre a diciembre2023$50.500$32.500$17.500
Enero a junio2024$31.000$20.000$9.500
Julio a diciembre2024$36.500$23.500$12.500
Enero2025$49.000$31.500$17.500
Febrero2025$42.000$27.000$15.000
Marzo2025$25.000$16.000$10.000
Abril2025$7.000$4.500$2.500

El monto del subsidio se calculará automáticamente al ingresar a la plataforma del SII. Este cálculo tendrá en cuenta la segmentación de la empresa (micro, pequeña o mediana), así como el mes base que considera el número de trabajadores con sueldo mínimo y proporcionalmente aquellos con ingreso imponible entre $411.000 y $500.000. También se tendrá en cuenta el factor empleo, que refleja las variaciones en el número de trabajadores contratados por la empresa.

Los montos del subsidio han sido establecidos por ley y podrían variar en los años 2024 y 2025 si se activa el Mecanismo de Protección, el cual considera una tasa de asalariados con cotización previsional pagada menor al 34,5% según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y una variación negativa en el Producto Interno Bruto (PIB) en los últimos trimestres informados por el Banco Central.

Para acceder al subsidio, las Mipymes deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Haber iniciado actividades en Primera Categoría antes del 8 de mayo de 2023, ya sea como persona natural o jurídica, incluyendo cooperativas.
  2. Las ventas y servicios de la empresa deben ser superiores a 0,01 UF y no exceder las 100.000 UF en el año 2022.
  3. Contar con uno o más trabajadores con sueldo mínimo o con ingreso imponible entre $411.000 y $500.000, según el período contemplado en la Ley.
  4. Ser personas jurídicas sin fines de lucro o comunidades constituidas hasta el 8 de mayo de 2023.

Es importante destacar que las empresas que inicien actividades a partir del 8 de mayo de 2023 podrán acceder al subsidio a partir de septiembre de 2023, siempre y cuando cumplan con los requisitos mencionados.

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